Informativo Nº 10
La Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria , informa a los establecimientos importadores de Cigarrillos electrónicos, Vapeadores, Vaporeadores y otros Sistemas de Administración de Nicotina (SEAN) y Sistema Similares sin Nicotina (SSSN) y las Sustancias Utilizadas para el Uso de los mismos, que:
- A partir del 11 de AGOSTO DEL 2022 no se podrá importar dichos productos sin Inscripción otorgada por DINAVISA, en cumplimiento a los establecido en el Articulo Nº 16 de la Resolución DINAVISA Nº 153/2021 “POR LA CUAL SE ESTABLECEN LOS REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN DE CIGARRILLOS ELECTRONICOS, VAPEADORES, CAPOREADORES Y OTROS SISTEMAS SIMILARES SIN NICOTINA (SSSN) Y LAS SUSTANCIAS UTILIZADAS PARA EL USO DE LOS MISMOS; Y LOS REQUISITOS PARA LA HABILITACIÓN DE LOS ESTABLECIMIENTOS DEDICADOS A LA IMPORTACIÓN, EXPORTACIÓN, ELABORACIÓN, DISTRIBUCIÓ Y COMERCIALIZACIÓN DE DICHOS PRODUCTOS Y SUSTANCIAS Y LOS PROCEDIMIENTOS PARA EL TRAMITE DE INCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN”, de fecha 11 de Agosto del 2021.-
Instamos a todos los Directores Técnicos a tomar los recaudos necesarios para dar cumplimiento a lo establecido y evitar inconvenientes y sanciones posteriores.
Asunción, 28 de junio del 2022
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